Se denomina gestión
financiera (o gestión de movimiento de fondos) a todos los procesos que
consisten en conseguir, mantener y utilizar dinero, sea físico (billetes y
monedas) o a través de otros instrumentos, como cheques y tarjetas de crédito.
La gestión financiera es la que convierte a la visión y misión en operaciones
monetarias.
Funciones
· la determinación de las necesidades de
recursos financieros: planteamiento de las necesidades, descripción de los
recursos disponibles, previsión de los recursos liberados y cálculo de las
necesidades de la financiación externa.
· La consecución de financiación según
su forma más beneficiosa: teniendo en cuenta los costes, plazos y otras
condiciones contractuales, las condiciones fiscales y la estructura financiera
de la empresa.
· La aplicación juiciosa de los recursos financieros,
incluyendo los excedentes de tesorería: de manera a obtener una estructura
financiera equilibrada y adecuados niveles de eficiencia y rentabilidad.
· El análisis financiero: incluyendo
bien la recolección, bien el estudio de información de manera a obtener
respuestas seguras sobre la situación financiera de la empresa.
· El análisis con respecto a la
viabilidad económica y financiera de las inversiones.
Organización
La forma que adopta la
estructura de una empresa tiene que ver, con su tamaño. Si la empresa es
grande, la importancia del tema financiero es determinante, entonces se
incluirá en el organigrama la función de un gerente financiero o gerente
administrativo-financiero. El gerente financiero es aquella persona que pone en
gestión financiera las decisiones enunciadas en la estrategia, a partir de la
visión y misión de la empresa. Esta es su función como gerente y estratega.
De esta gerencia o
jefatura dependerá el área de Tesorería, donde se custodian los fondos que
están en el poder de la empresa (antes de que se apliquen como pagos o se
depositen). Del área de Tesorería depende la de Cobranzas, donde se producen
todos los ingresos.
Existe también el área
de pago o Cuentas a pagar, que se ocupa de recibir la documentación requerida
para realizar un pago, verificar que corresponda y requerir las autorizaciones
correspondientes.
También suele haber un
área de presupuesto financiero o Control presupuestario, que es el sector que
convierte a la gerencia financiera en una gerencia de estrategia. Aquí es donde
se analiza la posición financiera de la empresa y se surgieren las mejores
opciones de requerir fondos o de invertirlos.
Distinción entre los
conceptos económico y financiero
El concepto económico
está relacionado con los resultados, las ganancias y las pérdidas, los costos.
Lo financiero es todo lo
relacionado con el movimiento concreto de fondos, los ingresos (orígenes) o los
egresos (aplicaciones).
Planeamiento financiero
Una buena gestión
financiera no evalúa solamente si se dispone o no hoy de dinero: se trata de
planificar, de prever una buena gestión a futuro y, las probables faltas o
excesos de dinero (déficit o superávit).
La herramienta principal
para el planeamiento financiero es el presupuesto financiero, que forma parte
de un sistema más amplio denominado sistema presupuestario. Dentro del sistema
presupuestario, el presupuesto financiero permite anticipar los probables
déficits, desarrolla estrategias para cubrirlos, y a la vez analiza las
posibles decisiones de inversión que haya que realizar en el caso de superávit.
Operaciones bancarias
Los bancos realizan
diversas operaciones que son las que caracterizan su gestión. Para concretarlas
es necesario completar diversos formularios.
Conciliación bancaria
Es el análisis de la
información de la cuenta corriente. Se compara la información contable de la
empresa y se analizan las diferencias, realizando los ajustes pertinentes.
Objetivo de la Gestión Financiera
la ejecución propiamente
dicha del presupuesto de gastos aprobado. Esta ejecución se realiza a través de
distintas fases, iniciándose con la autorización del gasto y terminando con su
pago material. Los procedimientos de gestión para llevarlo a cabo, son los
pagos por “caja fija”, los pagos “a justificar”, la “contratación
administrativa” y excepcionalmente la contratación privada. No obstante también
veremos en este apartado cómo los Convenios de Colaboración cuando tienen
contenido económico pueden dar lugar a gastos de diferentes tipos. A la
contratación administrativa, por su importancia se le dedica un apartado
propio. Durante su ejecución, el presupuesto se encuentra sometido a un control
interno en todas sus fases. La Intervención General de la Administración del
Estado (IGAE), a través de la función interventora, controla antes de su
aprobación, todos los actos que dan lugar al reconocimiento de derechos y
obligaciones de contenido económico, con el fin de asegurar que su gestión se
ajusta a las disposiciones aplicables en cada caso, y a través de la función de
control financiero, el sometimiento de la actividad económico-financiera del
sector público a los principios de legalidad, eficacia y economía. Además, y
una vez ejecutada, la actividad económico financiera se someterá al control
externo realizado por el Tribunal de Cuentas que examina y comprueba la Cuenta
General del Estado de cada año. n
fases de la gestión del gasto n
procedimientos de gestión del gasto 54 fases de la gestión del gasto Aprobado
el presupuesto, su ejecución va a pasar por una serie de fases sucesivas entre
sí. En el procedimiento general son las siguientes: n
Aprobación del gasto, es el acto administrativo que pone en marcha el
procedimiento de ejecución del gasto, por el cual la autoridad competente para
gestionar el gasto autoriza su realización por una cuantía determinada,
reservando para ello parte del crédito presupuestario. Contablemente se
materializa con la emisión de los documentos contables RC (“Retención de
Crédito”) y A (“Aprobación”). n
Compromiso o disposición del gasto, es el acto administrativo en virtud del
cual la autoridad competente acuerda con un tercero, empresa o particular, la
realización de un servicio. A este gasto determinado se le reservan fondos a
través del compromiso del gasto. Contablemente se materializa con la emisión
del documento contable D (“Disposición del Gasto”). n
Reconocimiento de la obligación, es el acto administrativo en virtud del cual
la autoridad competente acepta formalmente y con cargo al presupuesto, la
existencia de una deuda legítima ante una empresa o particular que ha realizado
un trabajo para la Administración. A partir de este momento se puede decir que
el gasto se ha ejecutado, pero no el pago. Contablemente se materializa con la
emisión del documento contable O (“Reconocimiento de la Obligación). n
Ordenación del pago, es el acto administrativo por el que la autoridad
competente que ha reconocido la existencia de una obligación, solicita se
proceda a la realización de su pago, es decir a la salida efectiva de dinero
con cargo al crédito previsto en el presupuesto una vez el trabajo ha sido
realizado. Contablemente se materializa con la emisión del documento contable K
(Orden de Pago). n
Pago material, es la salida efectiva de dinero de las cuentas del Estado.
Aunque cada una de las fases indicadas son sucesivas en el tiempo, es corriente
que en algunos procedimientos, cuando la naturaleza del gasto así lo determine,
se ejecuten dos de estas fases simultáneamente, dando lugar a los documentos
contables AD y OK, e incluso se junten las cuatro dando lugar a un único
documento contable denominado ADOK. 55 procedimientos de gestión del gasto
Constituyen las diferentes formas de tramitación del gasto y son las
siguientes: n Anticipos de
Caja Fija Regulados en el Real Decreto 725/1989, de 16 de junio sobre anticipos
de caja fija, se entiende por anticipos de caja fija las provisiones de fondos
de carácter extra-presupuestario y permanente que se realizan a las Cajas
Pagadoras destinados a la atención inmediata, y posterior aplicación
presupuestaria, de gastos periódicos o repetitivos en bienes corrientes y
servicios. Los pagos de trabajos de pequeña cuantía que genera una exposición,
pueden efectuarse por tanto, sin necesidad de tramitar un expediente de
contratación, utilizando este procedimiento de anticipos de Caja fija, siempre
y cuando se trate, como se ha indicado, de gastos de carácter periódico o
repetitivo en bienes corrientes y servicios. Deberán seguir la tramitación
establecida en cada caso y se podrá utilizar para el pago de suministros y
servicios menores cuyo importe total no exceda de 5.000 €. El pago se realiza
contra factura y la forma habitual para contratarlos es la solicitud y
aceptación de un presupuesto. n
Pagos a justificar Regulados en el Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre
pagos librados “a justificar”, son una excepción dentro de los procedimientos
de gestión del gasto y consisten en la provisión de fondos que se realiza a las
oficinas contables, para atender gastos sin la previa aportación de las
documentación justificativa de los mismos, o cuando los servicios y prestaciones
hayan tenido o vayan a tener lugar en el extranjero. Se utiliza únicamente en
los casos especialmente regulados en cada departamento ministerial, sólo podrán
satisfacerse obligaciones del mismo ejercicio y deben ser justificados en un
plazo máximo de tres meses. n
Contratación administrativa Regulada en el Real Decreto Legislativo 2/2000, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas y en el Real Decreto 1098/2001, por el que se aprueba
el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Es la principal herramienta con la que cuentan las Administraciones para la
gestión del gasto. A través de ella se regula la relación que se establece
entre la Administración y una empresa o particular al que se encomienda la
realización de un determinado trabajo. 56 n
Convenios de Colaboración Explicados en el capítulo anterior, no es que los
Convenios sean en sí mismos un instrumento de gestión del gasto público, pero
sí a través de ellos puede articularse ese gasto. Es el caso en que los
compromisos económicos adquiridos por la Administración no se ejecutan
directamente por ella, sino por la Institución con la que se firma el Convenio
para que posteriormente, y previa justificación del gasto realizado, sean
abonados por la Administración a esa Institución. También el Convenio puede
regular la aportación de una cantidad por parte de una Institución para su
gestión directa por la Administración, en este caso se produciría una modificación
presupuestaria denominada generación de crédito por la cual se incrementa el
presupuesto inicialmente aprobado ante un ingreso no previsto. El dinero así
generado se utilizará en las partidas definidas en el Convenio a través de los
cauces normales de pagos de Caja fija o de la contratación administrativa que
veremos a continuación.